Estas instrucciones se centrarán en el procedimiento real de presentar una demanda de reclamos menores en Michigan y le informarán en detalle todos los formularios necesarios para el proceso, qué hacer con ellos y cómo cobrarlos. Esto supone que usted sabe que tiene una causa legítima para demandar y puede respaldarlo con documentación.
Pasos
Parte 1 de 4: Obtención y presentación de una 'Declaración jurada y reclamo' (formulario DC84)
- 1 Adquiera el formulario 'Declaración jurada y reclamo' (formulario DC84). Una declaración jurada es una declaración jurada que usted declara verdadera, y la información que ingresa en este formulario es su palabra escrita que se utilizará en la corte.
- Vaya al Tribunal de Distrito del distrito en el que ocurrió el delito, donde vive el acusado (o vivía cuando ocurrió el delito) o donde el acusado opera un negocio.
- Necesitará saber la dirección del acusado para poder presentar e iniciar este proceso.
- Acérquese a la oficina del secretario del tribunal, indique su intención y pídales el formulario DC84, que es una declaración jurada para reclamos menores. Este formulario costará $ 1.00.
- Lleve el formulario a casa y complételo con cuidado, pero no lo firmes todavía. Este formulario viene con su propio conjunto de instrucciones y es bastante sencillo.
- La cantidad máxima por la que puede demandar en la corte de reclamos menores es $ 5,000.00
- 2 Notarizar y archivar. Un notario es un funcionario público que actúa como testigo oficial y en quien se confía para autenticar escrituras como escrituras y declaraciones juradas. Una búsqueda en Internet debería revelar rápidamente un notario público cerca de usted.
- Después de completar el formulario en casa, deberá certificarlo ante notario. La mayoría de los notarios públicos pueden hacer esto por $ 10.00 o menos. Firmará el formulario aquí, en presencia del notario.
- Lleve su formulario notariado a la corte y esté preparado para pagar una tarifa considerable para presentar la solicitud.
- No se espera que haga todo esto en un día. Puede comprar el formulario un día y devolver el formulario notariado una semana después, o el tiempo que necesite.
- Si el reclamo es de $ 600.00 o menos, la tarifa es de $ 25.00
- Si el reclamo es más de $ 600.00 pero menos de $ 1,750.00, la tarifa es de $ 45.00
- si el reclamo es más de $ 1,750.00 y hasta $ 5,000.00, la tarifa es de $ 65.00
- Mantenga un registro preciso de todos de las tarifas en las que incurra durante este proceso porque puede agregarlas a su reclamo más adelante si gana.
- Después de pagar su tarifa, el secretario fijará una fecha de audiencia (generalmente 60 días antes), quitará la copia superior y le devolverá el resto.
Parte 2 de 4: Notificación a su acusado
- 1 Seleccione su servidor de procesos. Un servidor de procesos es una entidad de terceros a quien el tribunal le confía y tiene la tarea de entregar estos documentos judiciales directamente al acusado en persona.
- Estás solo en esto. Esta encendido Uds para hacer los arreglos necesarios para la entrega legal del acusado.
- Aquí incurrirá en un mayor costo, ya que deberá contratar al oficial de la corte o al servidor de proceso oficial para que entregue físicamente al demandado su copia de la declaración jurada.
- Si el acusado aún reside en el distrito, esto será bastante fácil porque el secretario de la corte puede contratar al servidor de proceso en su nombre. Puede arreglar esto cuando presente la declaración jurada en la Parte 1.
- Si el acusado no vive en el distrito, deberá comunicarse con el tribunal de distrito en el que vive actualmente. Pueden proporcionarle una lista de servidores de procesos oficiales que puede contratar.
- 2 Contrata tu servidor de procesos.
- El costo de llevar este servidor a la casa del acusado y entregarle directamente estos documentos judiciales variará. Normalmente, la tarifa es de $ 25,00 más el kilometraje.
- Deberá proporcionarles la copia del demandado y la copia de la Prueba de entrega.
- El acusado debe ser notificado siete días antes de la fecha de la audiencia, así que no posponga la contratación de su servidor de proceso.
Parte 3 de 4: Manejo de la audiencia judicial
- 1 Llega temprano. Asegúrese de llegar a la corte al menos media hora antes de su cita. Esto le dará tiempo para ordenar sus pensamientos y documentos.
- A menudo hay una fila de personas esperando para registrarse, y todos estarán tan confundidos y nerviosos como usted.
- Debería haber practicado exponer su versión de los hechos muchas veces, para que cuando el juez llame al número de su caso, pueda acercarse a su podio y presentar su argumento con calma y precisión.
- Hay tres escenarios con respecto al resultado. O ganará, perderá o el acusado no aparecerá. Si no se presenta o llega demasiado tarde, el caso será desestimado.
- Si pierde, no hay apelaciones en este proceso; la palabra del juez es definitiva.
- Si el acusado no demuestra que usted ganará de forma predeterminada, el juez le pedirá que exponga su caso para asegurarse de que no sea frívolo.
- 2 Espere el resultado.
- Si el acusado efectivamente se presentó y usted ganó, el juez fijará los daños a la cantidad que usted reclamó originalmente, además de agregar costos judiciales adicionales.
- Este costo adicional es la tarifa que pagó originalmente para presentar, más la cantidad que pagó al servidor de procesos. ¡Estos costos son ahora una carga para el acusado!
- Si el acusado no puede pagar el monto total ese día, el juez le ordenará que lo pague en su totalidad dentro de los 21 días o concertará un arreglo de pago de algún tipo.
- Si el acusado no se presentó, se establecerán los mismos daños y perjuicios que antes, pero será usted quien deberá informarles (nuevamente a través de un servidor de proceso) del fallo.
- En cualquier caso, si el acusado no se presenta o si no paga al tribunal, ¡USTED tendrá que cobrar el dinero!
Parte 4 de 4: Cobrar su dinero
- 1 Averigüe qué dinero o activos tienen (formulario MC11).
- Suponiendo que el acusado no va a ofrecer voluntariamente información personal como saldos bancarios, salario, números de licencia de conducir, etc., deberá presentar una citación de descubrimiento (MC11), también conocida como citación para comparecer / producir.
- Tendrá que esperar 21 días antes de poder presentar este formulario y, al igual que los demás, le costará $ 1.00 en la oficina del secretario.
- 2 Llene y presente una citación de descubrimiento (MC11).
- Después de comprar este formulario, complete solo la parte superior de la primera página (nombres) y la parte inferior de la segunda página 'DECLARACIÓN JURADA PARA EL EXAMEN DEL DEUDOR DEL JUICIO', dejando en blanco la dirección del tribunal y las fechas de la audiencia.
- Gran parte del formulario permanecerá en blanco y el tribunal y la persona que notificará el proceso lo completarán más adelante.
- En algún momento después de 21 días, después del juicio, haga que el formulario sea certificado ante notario (parte inferior). Recuerde, no lo firme hasta que esté en presencia del notario.
- Lleve el formulario notariado al secretario de la corte y él se lo entregará al juez para que lo firme. Habrá una tarifa de $ 15.00 para presentar este formulario.
- Dependiendo de la carga de trabajo del juez, el secretario probablemente le pedirá que regrese en unos días para recuperar el formulario completo.
- 3 Entregar al acusado con una citación (si el acusado no se presentó).
- Una vez más, tendrá que contratar a su servidor de procesos y pagarles nuevamente para que notifiquen a su demandado.
- Entregue al servidor de procesos ambas páginas del documento, no se queda con una copia. Aunque, siempre puede hacer una fotocopia de antemano para sus registros.
- El propósito de todo este procedimiento es obligar al acusado, por ley, a comparecer ante el tribunal y revelar cuánto dinero (o propiedad) tiene realmente, para que se puedan realizar los pagos.
- Nuevamente, mantenga un registro de sus costos porque puede agregarlos a su colección más adelante.
- 4 Considere las tres opciones para recolectar: MC12, MC13 y MC52.
- Si el demandado lo demuestra, puede presentar un 'Auto de embargo periódico' (formulario MC12). Este formulario embarga el salario del acusado de forma regular.
- Otra opción si el acusado se presenta es la 'Orden de embargo no periódica' (formulario MC13). Este formulario permite un embargo único, pero puede presentar otros adicionales más adelante.
- El último es un formulario de 'Embargo de impuestos sobre la renta' (formulario MC52). Este formulario le permite interceptar su declaración de impuestos sobre la renta estatal. De aquí en adelante, seguiremos esta forma de embargo.
- 5 Complete el formulario para interceptar la declaración del impuesto sobre la renta (formulario MC52).
- Compre el Formulario MC52 del secretario de la corte; nuevamente, este formulario costará $ 1.00.
- Solo tiene que completar la mitad superior de este formulario, los nombres y la sección 'SOLICITUD'.
- Aquí puede agregar cualquier costo adicional en el que haya incurrido hasta la fecha.
- Afortunadamente lo harás no debe tener este formulario notariado.
- El secretario lo sellará, arrancará la copia superior y le devolverá el resto de inmediato. Habrá una tarifa de $ 15.00 para presentar esto.
- 6 Entregue la orden judicial de embargo.
- Afortunadamente lo harás no Necesita contratar a su servidor de procesos para esta tarea, ya que el Departamento del Tesoro de Michigan se encargará de ello esta vez.
- Corte su copia y envíe las copias restantes al Departamento de Estado (la dirección está en el formulario) junto con un cheque o giro postal por $ 6.00.
- Puede presentar su solicitud a partir del 1 de noviembre para el siguiente año fiscal.
- El Estado no le notificará si logró comunicarse con el acusado.
- Con un poco de suerte, finalmente recibirá un Aviso de embargo del Estado. Enviarán la declaración de impuestos sobre la renta de los acusados al tribunal, quien la restará del saldo adeudado y, finalmente, le enviará un cheque.
- Si aún se adeuda más dinero, tendrá que presentar este formulario de embargo nuevamente el próximo año (o después del 1 de noviembre).
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Consejos
- Aunque puede encontrar estos formularios en línea e imprimirlos usted mismo de forma gratuita, no servirán de mucho porque cada formulario requiere varias copias para su distribución a diferentes partes. Los formularios 'reales' que compra en la corte son una pila copiada al carbón y contienen características de seguridad como el bloqueo del número de Seguro Social.
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Advertencias
- Realmente estás solo en este proceso. No puede contratar a un abogado para que lo represente en la corte y los secretarios de la corte no serán de ninguna ayuda para completar estos formularios. Sin embargo, tenga paciencia, porque los secretarios de la corte son no siendo groseros o perezosos, en realidad están sujetos a la ley no ¡para ayudarte! No son abogados y, por lo tanto, sería ilegal que ofrecieran asesoramiento legal.
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